La Comunidad de Madrid entra en la nueva normalidad desde el 21 de Junio 2020. Si te dedicas al sector educativo /cultural, o eres alumno, o tienes hijos en edad estudiantil este artículo te interesa para saber en qué condiciones se van a prestar las clases presenciales.
El Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM) ha publicado este sábado la orden de la Consejería de Sanidad que establece las medidas para la llamada 'nueva normalidad' anunciadas este viernes por el Gobierno autonómico y que entrarán en vigor a las 0:00 horas de este domingo 21 de junio. La Comunidad de Madrid entrará en la nueva normalidad en dos etapas: del 21 de junio al 5 de julio y una segunda a partir del 6 de julio.
Habrá 8 puntos comunes, aplicables a todas las actividades:
Cualquier actividad permitida deberá desarrollarse en condiciones de seguridad, autoprotección y distanciamiento social ( el deber de cautela y protección) .
El uso de las mascarillas para mayores de 6 años es obligatorio cuando no se pueda respetar la distancia de seguridad en espacios abiertos, y siempre obligatoria en lugares cerrados y transporte público.
Se deberá facilitar la disponibilidad y el acceso a soluciones hidroalcohólicas o de agua y jabón para practicar una higiene de manos frecuente.
Se deberá respetar la distancia de seguridad de al menos 1,5 metros.
Se deberá poner a disposición de los trabajadores los protocolos de higiene y distanciamiento COVID19 establecidos por el centro junto con el nuevo plan de riesgos laborales adaptados a las medidas para prevenir el COVID19.
Todos los establecimientos, así como su equipamiento, deberán ser periódicamente desinfectados e higienizados.
El fichaje con huella dactilar será sustituido por cualquier otro sistema de control horario que garantice las medidas higiénicas adecuadas.
Cualquier persona que experimente alguno de los síntomas más comunes compatibles con COVID-19, deberá limitar las salidas del domicilio y comunicarlo a su servicio sanitario a la mayor brevedad.
*La obligación de uso de mascarilla no será exigible para las personas que presenten algún tipo de enfermedad o dificultad respiratoria que pueda verse agravada por el uso de la mascarilla o que, por su situación de discapacidad o dependencia, no dispongan de autonomía para quitarse la mascarilla, o bien presenten alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización.Tampoco será exigible en el caso de ejercicio de deporte al aire libre, ni en los supuestos de fuerza mayor o situación de necesidad o cuando, por la propia naturaleza de las actividades, el uso de la mascarilla resulte incompatible, con arreglo a las indicaciones de las autoridades sanitarias.
Las academias y centros de educación infantil.
Los centros de primer ciclo de educación infantil podrán abrir desde el 1 de julio donde tendrán preferencia alumnos cuyos progenitores deban «trabajar fuera de su domicilio». Eso no significa, aun así, que en el caso de que alguno de los progenitores esté teletrabajando los niños no puedan acudir, solo que no tendrán esa preferencia de admisión.
Las academias se rigen por las normas de espacio cerrado, donde el aforo permitido en espacios cerrados será por norma general del 60% desde el 21 de junio hasta el 5 de julio, mientras que a partir del 6 de julio el aforo será del 75%.
Si deseas conocer las condiciones y las medidas a tomar, puedes consultar el siguiente link.
Centros de educación primaria, secundaria,Bachillerato, FP y Universidades.
Para el curso escolar 2020/2021, el retorno a la actividad lectiva presencial de los centros docentes se regirá por las condiciones sanitarias vigentes al comienzo del mismo. La Consejería de Educación y Juventud aprobará, mediante resolución, un protocolo de prevención y organización del regreso a las clases en el que se recogerán las recomendaciones sanitarias actualizadas para el inicio del curso. Dicho protocolo será supervisado por la Consejería de Sanidad.
Por lo que respecta a la etapa universitaria, el curso finalizará a distancia, salvo que sea necesaria alguna actividad presencial, en cuyo caso se deberá mantener una distancia mínima de 1,5 metros entre los asistentes o se obligará al uso de la mascarilla. Antes de que finalice el periodo de matriculación, las universidades madrileñas deberán aprobar un plan de actuación para el curso 2020/21.
La EvAU se celebrará la primera convocatoria el 6, 7, 8 y 9 de julio en las universidades correspondientes, y la convocatoria extraordinaria el 8, 9 y 10 de septiembre 2020.
Centros de ocio y cultura
Los parques infantiles, y espacios al aire público de la comunidad podrán estar abiertos siempre que se respete un aforo máximo de una persona por cada cuatro metros cuadrados del recinto.
Los parques infantiles de parque de bolas no podrán todavía recuperar su actividad hasta que la evolución epidemiológica lo aconseje.
Los campamentos de actividades de tiempo libre destinadas a la población infantil y juvenil (con 300 asistentes al aire libre y 75 en espacios cerrados), y se prohíbe el baño en los ríos, lagos y pozas remansadas de agua.
Las empresas de turismo activo retomarán sus actividades garantizando el cumplimiento de las medidas de seguridad, bien la distancia mínima de 1,5 metros entre los participantes o, en su defecto, el uso de mascarillas. En cuanto a las actividades en centros de interpretación o aulas de la naturaleza, los grupos estarán formados por un máximo de 25 personas.
Las bibliotecas, archivos, museos, salas de exposiciones y monumentos tendrán un aforo máximo del 60% hasta el 5 de julio. A partir del 6 de julio será del 75%. Las visitas de grupos serán de un máximo de hasta 25 personas, incluido el monitor o guía. En la medida de lo posible, se evitará el uso de los elementos expuestos diseñados para un uso táctil por el visitante.
Los cines, teatros, auditorios, circos de carpa y espacios similares podrán desarrollar su actividad contando con butacas preasignadas y sin superar el 60% del aforo permitido en cada sala hasta el 5 de julio; desde el 6 de julio, el límite será del 75%.
Actividades deportivas
Las piscinas recreativas, tanto privadas como municipales, mantendrán, hasta nueva orden, un aforo máximo del 50% (los ayuntamientos podrán regular la ocupación de las municipales), mientras que las piscinas deportivas –privadas y municipales– contarán con un aforo del 75%. A partir del 6 de julio no tendrán límite de aforo, manteniendo en las zonas de estancia la distancia de 1,5 metros entre sus usuarios. El 1 de julio abrirán las piscinas gestionadas por la Comunidad de Madrid.
La actividad física y deportiva no federada y al aire libre se podrá realizar de forma individual o colectiva hasta un máximo de 25 personas a la vez hasta el 5 de julio. En instalaciones y centros deportivos, también al aire libre, esos grupos de 25 personas no pueden superar el 75% del aforo máximo permitido. A partir del 5 de julio no habrá límite de aforo siempre que se respete la distancia de seguridad.
En los vestuarios se deberá garantizar el respeto a la distancia mínima interpersonal de, al menos, 1,5 metros.
Esperamos que este artículo te ayude a la gestión apropiada de esta crisis sanitaria a la vuelta a la nueva normalidad. Si tienes cualquier consulta no dudes en hacérnosla llegar y estaremos encantados de poder ayudarte. Ofrecemos servicio a academias para ayudarles con la gestión del personal y que puedan ofrecer infinidad de servicios sin ningún esfuerzo.
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